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INFORME SOBRE EL IMPACTO EMOCIONAL DEL COVID


INFORME GENERAL SOBRE EL IMPACTO EMOCIONAL DE LA CRISIS DEL COVID 19.

Desde el inicio de la crisis del covid 19 es innegable el impacto psicológico y emocional en la población general. Los gobiernos han tomado medidas fundamentadas en la guía inspirada por la Organización Mundial de la Salud, pero no han tenido en cuenta el terrible impacto que han tenido en ese sentido.

La inicial cuarentena y el encierro forzoso de la población supuso el cambio radical en la rutina de muchas personas, lo cual provocó la ruptura de la zona de confort. Si partimos de la idea de que ésta es esencial para que el sujeto tenga una mínima sensación de seguridad en su vida, el simple hecho de anularla abre la caja de pandora a todos los miedos, muchos de ellos asociados a una experiencia asociada a una pandemia con un desenlace desconocido. El temor a la muerte se hace presente, también el que resulta de la masiva influencia mediática que repite sólo muertos y hace creer que la situación irá mucho peor. El uso de cifra de fallecidos, con imágenes sacadas de contexto, junto a las cifras estadísticas, y los datos positivos sobre PCR, las cuales no miden el número real de infectados y da cifras falsamente elevadas, suponen una forma de expansión del pánico social en los medios de comunicación y las declaraciones oficiales.

Por otra parte, la cuarentena rompe con una necesidad de socialización básica del ser humano que produce ansiedad, irritabilidad, aburrimiento, sensación de falta de libertad, insomnio y terror no ya al virus sino a un futuro incierto y muy negro, entre otros aspectos por la economía. Además genera un incremento en núcleos familiares que no pudieron resolver sus problemas, como antes de la pandemia hacían, lo cual, sumado a lo anterior, hace que el simple recuerdo de esa experiencia sea una pesadilla pues El Estado privó al ciudadano de su libertad de un plumazo y ello provoca que la sensación de la misma sea incierta en el sentido de que se cree perdida. De ahí a la depresión hay un paso.

Ésta sería el resultado de todo lo anterior porque el sujeto es incapaz de resolver sus problemas, siente que su vida no tiene ninguna salida. Se alude al sentido de la vida, a la razón de la propia existencia. Pensemos en personas que ya tenían estos problemas antes de la crisis antes citada. Este problema emocional viene con una intensidad muy virulenta pues hace acto de presencia la indefensión aprendida; en otras palabras, se haga lo que se haga no se ve la salida, pero al mismo ha de actuar con urgencia. La consecuencia es el agotamiento progresivo del sistema nervioso y el agravamiento del cuadro de depresión hasta intentos de suicidios, llegando incluso a realizarlos.

Por otra parte el uso de mascarillas, de obligatoriedad según las leyes, introduce otro agravante. El sujeto que la utiliza bajo esta presión autoritaria durante tres semanas la introduce en su rutina y en su nueva zona de confort. Las consecuencias de estas prácticas son las siguientes:

- Problemas de salud (hipoxia, acidez en la sangre, infecciones pulmonares, muerte neuronal, dolores de cabeza, confusión, reducción en la efectividad del sistema inmunitario y consiguiente riesgo de contraer el covid y cualquier otra enfermedad, rinitis y lesiones de órganos diversos).

- En cuanto al autoconcepto (el sujeto pierde la definición de sí mismo, de sus sentimientos y de la necesidad expresarlos bajo la creencia de la inconveniencia de hacerlo le hace pensar que es mejor no decir ante la autoridad; incapacidad de empatía, de desarrollar la capacidad de entender al otro; la mutilación del yo junto a la pérdida de identidad personal que se suplanta con la social, que se toma como única y exclusiva referencia, a pesar de que las órdenes estatales limitan los derechos fundamentales, incluso el de la supervivencia).

- En lo emocional (ansiedad, trastornos de pánico, depresión; terror cuando alguien rompe las reglas, incapacidad de reacción en esos casos), conductuales (lavado de manos, limpiarse los zapatos, ducharse y todo tipo de conductas asociadas al Trastorno Obsesivo Compulsivo (TOC); actitudes extremas, bien de total pasividad o de agresividad e intolerancia, junto una creciente necesidad de escape.

La crisis económica introduce un factor reactivante de lo anterior de manera exponencial. La incertidumbre laboral y financiera, así como el hecho de entrar en situaciones de auténtica ruina provoca que la tanto la ansiedad, la depresión, los trastornos de pánico y los problemas interpersonales incrementen tanto su intensidad hasta hacerlos insoportables frente a un sistema social que no da tregua al ciudadano y le presiona para cumplir con sus obligaciones financieras. El sujeto siente que sus objetivos vitales han sido borrados de la noche a la mañana y el peligro del desastre es inminente.

Todo esto se enmarca en un adoctrinamiento en el que el ciudadano cree que:

a) Es normal sentirse culpable por cualquier comportamiento que pueda incrementar la pandemia, como por ejemplo, el uso de mascarillas o cualquier paso en el ritual TOC.

b) Sometiendo su voluntad a la del Estado los problemas se van a resolver. Se pierde toda autonomía y por ende la libertad, llegando a desarrollar conciencia de esclavo.

c) Pérdida del locus de control interno y empleo del externo. La conducta se desarrolla en función de situaciones externas, asociadas a modelos sociales de manera tal que el sujeto es su propio dictador. Dado que el primero se esfuma, dado que no existe procesamiento adecuado de las emociones, ni reconocimiento ni capacidad de liberación (alexitimia), se vive en la angustia.

d) Si el yo es la norma, la inteligencia emocional se desmorona porque la capacidad para tomar decisiones propias se desvanece; el proceso de deshumanización se produce cuando el mismo sujeto desconecta con su parte más profunda por temor al sentir que si lo hace rompe con las normas sociales preestablecidas. En otras palabras, se vuelve un autómata.

e) Elevado nivel de manipulación. Es factible hacerle creer cualquier idea por absurda que sea, momento en el que el individuo es perfectamente manejable como un títere, al capricho de los deseos de los gobernantes y las autoridades correspondientes, así como otras personas que sean modelos correctos de las normas adecuadas y medios de comunicación.

f) Conflictividad social. Se rechaza de plano a toda persona que no siga las reglas bajo justificaciones absurdas, impuestas de acuerdo con el apartado e. La intolerancia, el rechazo y los comportamientos agresivos y de inculpamiento ajeno se muestran como propios de una sociedad con signos claramente fascistas.

g) Agorafobia en forma de temor al contacto social y temores diversos asociados a la rutina que exige el covid, sobre todo con aquellas personas que no cumplen con el protocolo.

h) Hipocondría o temor exagerado a contraer esta enfermedad. El sujeto se revisa continuamente en sus acciones, supervisando el peligro de contagio. Las noticias de los medios de comunicación intensifican este cuadro cuando añaden nuevos síntomas o falsamente los reclasifican.

i) Miedo a la muerte. La continuas imágenes de hospitales y de cadáveres recuerdan al sujeto que están ante una enfermedad mortal, por la que, incluso, han fallecido seres queridos. Éste se asocia a los cuadros anteriores y deviene un elemento central.

j) Procesos de duelo. Al perderse la rutina en el plano de la normalidad, al no tener esa sensación de tranquilidad interna y estar siempre en guardia, el proceso de pérdida, que engloba aspectos emocionales tales como la sensación de seguridad, la cual se busca incesantemente, hace que estos procesos no se den manera natural. Por otra parte, muchas de las supuestas víctimas del covid fueron incineradas y los familiares no pudieron despedirse adecuadamente de ellos, lo cual hace que este sentimiento de pérdida sea aún mayor de lo que sería en otra situación. Además, los concomitantes problemas de ansiedad y depresión no resueltos y que se siguen durante la supuesta pandemia hacen que este proceso se convierta en patológico, intenso y de larga duración.

k) Antropofobia. Como resultado de todo lo anterior, el sujeto puede presentar miedo a relacionarse con otros seres humanos, por el mero hecho de serlos en sí. El temor al otro vendría a ser la consecuencia pues constituye la única forma en la que es posible sentirse seguro. Las secuelas de ello son evidentes en el plano emocional, ya que puede provocar depresión en sujetos que de por sí no toleran la soledad ni la ausencia de afecto. No olvidemos que los seres humanos somos sociales, necesitamos de la ayuda de los demás y que el mero hecho de tenernos que separar de nuestros seres queridos, amigos y el resto de las personas para sentirnos seguros es una trampa perfecta para el más profundo desequilibrio psicológico.

l) El Síndrome de la cabaña. Consiste en el deseo de no salir al mundo exterior después de estar encerrado, desarrollando un temor excesivo al entorno que debería de considerarse como no peligroso. La resistencia a cambiar de hábitos, el miedo a las relaciones sociales con desconocidos y percibir el lugar de encierro como centro de seguridad hace que, aunque la pandemia no exista, se tenga la necesidad de permanecer en la nueva zona de confort creada.

m) Posibles casos de suicidio en el caso de que todo ello llegue a una situación límite que ni el mismo sujeto entienda. Puede que no perciba un sentido en su vida y prefiera desaparecer de un mundo en el que nada tiene que hacer porque las posibilidades de éxito son nulas, haga lo que haga. Las dificultades económicas pueden provocarlos. Es el resultado de la indefensión aprendida en su grado más extremo. He aquí uno de los aspectos menos estudiados y más destacados para entender la importancia de toda esta problemática.

Todo ello implica la crisis del covid, todos estos efectos, no tenidos en cuenta, se están desarrollando lentamente mientras los medios de comunicación siguen alimentando el miedo terrible de la población. He aquí las terribles secuelas psicológicas, muchas de ellas irreparables en no pocos casos en forma de casos de estrés postraumático que se manifiestan en:

a) El uso obsesivo de mascarillas.

b) No querer salir de casa.

c) No establecer contactos sociales fructíferos y agradables.

d) Marcar la distancia de seguridad como criterio para las relaciones interpersonales.

e) Antropofobia.

f) Procesos de duelo no resueltos.

g) Posibles manifestaciones delirantes.

Finalmente, si estos hechos se agravan, la patología puede comenzar a desarrollar tintes propios de la psiquiatría en forma de delirios expandidos a nivel social.

He aquí una descripción general del impacto psicoemocional de la crisis del Covid, la cual ha de ser tenida en cuenta. Ni el Estado ni la justicia pueden actuar de espaldas a estas gravísimas consecuencias y su mera presencia es una violación de derechos básicos del individuo y de la sociedad colectiva.

Firmado,

PSICÓLOGOS POR LA VERDAD.

Email: psicologosxlaverdad@gmail.com

Fuentes bibliográficas:

Jonathan J.Y. Ong, FRCP; Chandra Bharatendu, MRCP; Yihui Goh, MRCP; Jonathan Z.Y. Tang, MRCEM; Kenneth W.X. Sooi, MRCP; Yi Lin Tan, MBBS; Benjamin Y.Q. Tan, MRCP; Hock-Luen Teoh, MRCP; Shi T. Ong, BSc; David M. Allen, FAMS; Vijay K. Sharma, MRCP (2020), Headaches Associated With Personal Protective Equipment – A Cross-Sectional Study Among Frontline Healthcare Workers

During COVID-19.

Astrid M. Westendorfa Kathrin Skibbe Alexandra Adamczyka Jan Buera Robert Geffers Wiebke Hansen Eva Pastillea Verena Jendrossek (2017), Hypoxia Enhances Immunosuppression by Inhibiting CD4+ Effector T Cell Function and Promoting Treg Activity, Institute of Medical Microbiology, University Hospital Essen, University of Duisburg-Essen, Essen, bGenome Analytics, Helmholtz Centre for Infection Research, Braunschweig, cInstitute of Cell Biology (Cancer Research), University Hospital Essen, University of Duisburg-Essen, Essen, Germany

M. W. SKINNER, B. A. SUTTON (2001), Do Anaesthetists Need to Wear Surgical Masks in the Operating Theatre? A Literature Review with Evidence-Based Recommendations. Department of Anaesthesia, North West Regional Hospital, Burnie, Tasmania

Jian Hua Zhu, Shu Jin Lee, De Yun Wang, HeowPueh Lee (2014), Effects of long-duration wearing of N95 respirator and surgical facemask: a pilot study. Department of Mechanical Engineering, Singapore, Department of Mechanical Engineering, Singapore, 2Department of Surgery, National University Health System, Singapore, 3Department of Otolaryngology, National University of Singapore, Singapore, Department of Surgery, National University Health System, Singapore.

Colegio Oficial de Biólogos de Euskadi (2019), Reflexiones del Decano del Colegio de biólogos de Euskadi sobre las medidas adoptadas en la crisis de la COVID-19.

Fuentes legales.

Anexo 1

Extracto de la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO

Artículo 6 – Consentimiento

1. Toda intervención médica preventiva, diagnóstica y terapéutica sólo habrá de llevarse a cabo previo consentimiento libre e informado de la persona interesada, basado en la información adecuada. Cuando proceda, el consentimiento debería ser expreso y la persona interesada podrá revocarlo en todo momento y por cualquier motivo, sin que esto entrañe para ella desventaja o perjuicio alguno. 2. La investigación científica sólo se debería llevar a cabo previo consentimiento libre, expreso e informado de la persona interesada. La información debería ser adecuada, facilitarse de forma comprensible e incluir las modalidades para la revocación del consentimiento. La persona interesada podrá revocar su consentimiento en todo momento y por cualquier motivo, sin que esto entrañe para ella desventaja o perjuicio alguno. Las excepciones a este principio deberían hacerse únicamente de conformidad con las normas éticas y jurídicas aprobadas por los Estados, de forma compatible con los principios y disposiciones enunciados en la presente Declaración, en particular en el Artículo 27, y con el derecho internacional relativo a los derechos humanos. 3. En los casos correspondientes a investigaciones llevadas a cabo en un grupo de personas o una comunidad, se podrá pedir además el acuerdo de los representantes legales del grupo o la comunidad en cuestión. El acuerdo colectivo de una comunidad o el consentimiento de un dirigente comunitario u otra autoridad no deberían sustituir en caso alguno el consentimiento informado de una persona.

Anexo 2

CONSTITUCIÓN:

Artículo 9

1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Artículo 10

1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

Artículo 15 CE

Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.

Anexo 3

Delitos de genocidio

Artículo 607

1. Los que, con propósito de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial, religioso o determinado por la discapacidad de sus integrantes, perpetraren alguno de los actos siguientes, serán castigados:

3.º Con la pena de prisión de ocho a quince años, si sometieran al grupo o a cualquiera de sus individuos a condiciones de existencia que pongan en peligro su vida o perturben gravemente su salud, o cuando les produjeran algunas de las lesiones previstas en el artículo 150.



 
 
 

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